Etiquetado frontal: qué se discute detrás de la posible derogación de la ley

PRENSA UNLP/La Ley N° 27.642 de Promoción de la Alimentación Saludable, conocida popularmente como “Ley de Etiquetado Frontal”, fue sancionada en 2021 con el objetivo de ayudar a la población a adoptar una alimentación saludable a través del uso de sellos de advertencia en alimentos envasados y bebidas analcohólicas. Mediante octógonos negros, busca alertar a los consumidores sobre los excesos de componentes como azúcares, sodio, grasas saturadas, grasas totales y calorías, promoviendo la toma de decisiones asertivas y activas. Asimismo, la norma regula la publicidad dirigida a niños, niñas y adolescentes, prohíbe el patrocinio de productos con sellos y promueve la inclusión de educación alimentaria nutricional en las escuelas para construir hábitos saludables desde la infancia.
La Lic. María Eugenia Golzi junto a la Dra. Nadia Florencia Nagai, investigadoras de la Facultad de Ciencias Exactas de la Universidad Nacional de La Plata, explican que la ley fue impulsada como respuesta a una problemática sanitaria concreta.
Según la 2da Encuesta Nacional de Nutrición y Salud, Argentina enfrenta una creciente epidemia de sobrepeso y obesidad. En sintonía, la 4ta Encuesta Nacional de Factores de Riesgo reveló que el 61,6% de la población presenta exceso de peso: 36,3% de sobrepeso y 25,3% de obesidad. Esta problemática, estrechamente vinculada al aumento en el consumo de productos ultraprocesados de alta densidad energética y baja calidad nutricional, es el principal factor de riesgo para el desarrollo de Enfermedades Crónicas No Transmisibles (ECNT) como la diabetes tipo 2, la hipertensión y las cardiopatías.
Por su parte las licenciadas Ingrid Karpenko y Daiana Giuliano, docentes de la carrera de Nutrición en la Facultad de Ciencias Médicas de la UNLP, sostienen que las afecciones cardiovasculares constituyen la principal causa de muerte en Argentina y, junto con la diabetes y otras alteraciones crónicas, representan una de las principales cargas de enfermedad para el sistema de salud. En este contexto, el etiquetado frontal es una herramienta de salud pública que permite a la población acceder a información clara y comprensible para tomar decisiones alimentarias más informadas.
Saber qué comemos, es un derecho
Sin embargo, el reciente anuncio oficial sobre la intención de derogar esta ley volvió a instalar el debate sobre el rol del Estado en la alimentación y el derecho de los consumidores a acceder a información clara. Entre los principales argumentos para su eliminación se sostiene que los octógonos confunden al consumidor, que los criterios nutricionales son demasiado estrictos, que la medida genera costos excesivos para la industria y que dificulta la armonización comercial con otros países del Mercosur.
Eliminar la norma de raíz bajo estas premisas sería un retroceso respecto a los debates previos; pero defender su existencia nos obliga a ser intelectualmente honestos para reconocer que el sistema es perfectible.
El objetivo de las advertencias frontales no es reemplazar la educación alimentaria, sino facilitar decisiones de compra en contextos cotidianos donde la lectura detallada de la tabla nutricional suele ser limitada por falta de tiempo o de comprensión técnica.
Diversos estudios realizados en países como Chile y México, que implementaron sistemas similares, muestran que el etiquetado frontal permite a los consumidores identificar de forma rápida y sencilla productos con excesos de nutrientes críticos.
En el plano local, un estudio llevado a cabo en Argentina por Malzoni y Secchi demostró que el etiquetado frontal tiene un impacto real y directo en el patrón de compra de alimentos envasados, reconfigurando las elecciones de los consumidores hacia opciones más conscientes.
Es perfectible
Otro de los principales puntos en discusión radica en la adopción estricta del Modelo de Perfil de Nutrientes de la Organización Panamericana de la Salud (OPS). Este modelo calcula los límites de nutrientes críticos basándose exclusivamente en el porcentaje de energía total (calorías) aportado por ese nutriente, y no en gramos por porción. Si bien los especialistas en salud pública defienden esta rigurosidad como una respuesta proporcional al avance de las Enfermedades Crónicas No Transmisibles, en la práctica cotidiana su rigidez matemática genera el fenómeno de “fatiga de advertencia”. Por ello, una posible optimización en el cálculo del perfil de nutrientes permitiría alcanzar una mayor especificidad matemática. Esto podría resolver de forma simultánea dos de los grandes ejes que motorizan el pedido de derogación: por un lado, se evitarían pérdidas económicas injustificadas para la industria alimentaria; por el otro, facilitaría rutas comerciales hacia otros países, como los que integran el Mercosur, sin perder la transparencia nutricional ni la visibilidad de las advertencias, remarcan Golzi y Nagai.
Para Karpenko, es necesario aclarar que el proyecto impulsado por el Gobierno nacional no busca “mejorar” la Ley de Promoción de la Alimentación Saludable, sino eliminarla. La propuesta implica la derogación de herramientas centrales que garantizan el derecho de la población a recibir información clara sobre los alimentos que consume.
En los hechos, esto significaría:
– Eliminar el etiquetado frontal con octógonos negros.
– Debilitar las restricciones a la publicidad dirigida a niños, niñas y adolescentes.
– Retroceder en la regulación de entornos escolares saludables.
– Sustituir información clara y visible por tablas nutricionales complejas y de difícil lectura.
Por otro lado, un punto que el Gobierno intenta instalar como positivo es el argumento vinculado a los costos para pequeñas y medianas empresas. Plantea que la adecuación de envases y líneas de producción implica gastos para productores PyME (este cambio ya debieron hacerlo durante el proceso de implementación de la ley).
Sin embargo, este argumento oculta que el mercado alimentario argentino está concentrado por grandes empresas nacionales y multinacionales, principales beneficiarias de la derogación. Las mayores afectadas por la ley no son las economías regionales ni los pequeños productores, sino las grandes industrias de alimentos ultraprocesados.
Golzi y Nagai agregan que el debate en torno a la eventual derogación de la ley excede la discusión técnica sobre los sellos y pone en tensión dos modelos de política pública: uno orientado a la regulación sanitaria y la prevención de enfermedades, y otro centrado en la desregulación económica y la reducción de intervenciones estatales sobre el mercado. La solución superadora no reside en ninguna de estas posiciones antagónicas, sino en una actualización de la norma sustentada en evidencia científica.
A su vez, es necesario remarcar que el desafío actual del Estado es convocar a comités científicos multidisciplinarios para revisar los aspectos perfectibles de la ley vigente, comprendiendo que una salud pública basada en la evidencia no destruye las leyes cuando estas presentan desafíos, sino que las perfecciona mediante la ciencia y las complementa con estrategias sostenidas de educación alimentaria.
¿Qué pasaría si se deroga la ley?
Elimina información clara para consumidores lo que debilita el derecho a la salud y a la alimentación saludable
La evidencia científica y los estudios realizados por organismos como UNICEF, la Fundación Interamericana del Corazón (FIC) y el propio ministerio de Salud de la Nación muestran que el etiquetado frontal funciona. Los octógonos son el sistema más visible, comprensible y eficaz para advertir sobre nutrientes críticos en exceso. Su implementación generó una disminución tanto en la frecuencia como en la cantidad consumida de productos con sellos.
Reemplazar esta herramienta por la tabla nutricional tradicional implica volver a información técnica, en letra pequeña y difícil de interpretar para la mayoría de la población. Vale destacar que de acuerdo a la 2ª Encuesta Nacional de Nutrición y Salud, se evidencia que en Argentina la falta de comprensión nutricional es un problema de salud pública, menos del 15 % de las personas logra entender las etiquetas tradicionales de los alimentos, y es a lo que pretende volver el Gobierno Nacional.
El proyecto de derogación expresa una mirada donde cada individuo queda solo frente a la góndola y donde toda regulación estatal es presentada como una intromisión. Pero la alimentación no es únicamente una decisión individual: está condicionada por el poder económico de grandes empresas, la publicidad, los precios y el acceso desigual a la información. Sin octógonos, las y los consumidores vuelven a quedar frente a envases diseñados para vender más, sin advertencias simples sobre excesos de azúcar, sodio, grasas o calorías. Como se mencionó anteriormente, estos son nutrientes críticos porque su consumo excesivo aumenta el riesgo de desarrollar enfermedades crónicas no transmisibles como hipertensión arterial, diabetes, enfermedades cardiovasculares.
Retrocede sobre la protección de niñas, niños y adolescentes
La ley vigente limita la publicidad dirigida a infancias y regula los entornos escolares para promover una alimentación saludable. La derogación permitiría nuevamente estrategias de marketing orientadas a captar la atención de niños y niñas mediante personajes infantiles, colores llamativos, promociones y publicidades agresivas. Sin entornos escolares saludables las escuelas resultan espacios atravesados por la lógica comercial de la industria alimentaria.
Defender la Ley de Promoción de la Alimentación Saludable es defender: el acceso a información clara, el derecho a una alimentación saludable, y el derecho a la salud. El etiquetado frontal no es una “traba burocrática”: es una herramienta de salud pública, agregan Karpenko y Giuliano.
La Plata, 11 de junio de 2026


